
Las bicicletas eléctricas y los scooters eléctricos han cambiado rápidamente la forma en que muchas personas se desplazan por Chicago y otras comunidades de Illinois. Son convenientes, económicos y cada vez más populares, pero su creciente uso también ha provocado accidentes graves y nuevas preguntas acerca de cómo deben clasificarse estos vehículos y qué reglas deben cumplir sus conductores.
El Senado y la Cámara de Representantes de Illinois aprobaron el Proyecto de Ley del Senado 3484, conocido como SB 3484, que propone cambios importantes al Código de Vehículos de Illinois relacionados con bicicletas eléctricas, scooters eléctricos y otros dispositivos de movilidad eléctrica.
En Sexner Injury Lawyers LLC, representamos a personas lesionadas en accidentes relacionados con e-bikes y e-scooters en Chicago y en todo Illinois. Si usted o un ser querido ha resultado lesionado, comuníquese con nosotros al (312) 243-9922 para una consulta gratuita y confidencial.
Nota importante sobre el estado de SB 3484: A partir del 20 de agosto de 2026, la Asamblea General de Illinois indica que SB 3484 fue aprobado por ambas cámaras y enviado al gobernador el 30 de junio de 2026. El texto aprobado por la legislatura establece una fecha de vigencia del 1 de enero de 2027 si el proyecto se convierte en ley. Este artículo explica las disposiciones contenidas en el texto aprobado y debe entenderse como información general, no como asesoramiento legal para un caso específico.
¿Qué Haría el Proyecto de Ley SB 3484?
SB 3484 modificaría el Código de Vehículos de Illinois para crear reglas mucho más específicas para distintos tipos de vehículos y dispositivos eléctricos que actualmente circulan por las calles, carriles para bicicletas y otras vías públicas.
El proyecto establece nuevas definiciones legales, conserva el sistema existente de tres clases para las bicicletas eléctricas de baja velocidad y crea reglas adicionales para dispositivos eléctricos de mayor potencia y para lo que la legislación denomina “electric micromobility devices” o dispositivos eléctricos de micromovilidad.
Entre otras cosas, el proyecto establece requisitos relacionados con:
- La edad mínima de ciertos conductores;
- La potencia y velocidad de diferentes tipos de dispositivos;
- Los lugares donde pueden circular;
- Licencias de conducir para determinados vehículos de mayor potencia;
- Título y registro de ciertos vehículos;
- Seguro obligatorio;
- Equipamiento y normas de seguridad;
- Modificaciones destinadas a aumentar ilegalmente la velocidad de un dispositivo.
El texto aprobado de SB 3484 contiene las disposiciones completas.
Illinois Mantendría el Sistema de Tres Clases de E-Bikes
Illinois ya utiliza un sistema de tres clases para las bicicletas eléctricas de baja velocidad, y SB 3484 mantendría esa estructura.
Las clases son importantes porque determinan la velocidad máxima de asistencia eléctrica y las reglas que corresponden al vehículo:
- Clase 1: La asistencia eléctrica funciona solamente mientras la persona pedalea y deja de proporcionar asistencia cuando la bicicleta alcanza las 20 millas por hora.
- Clase 2: El motor puede impulsar la bicicleta sin que la persona esté pedaleando, pero deja de proporcionar asistencia cuando alcanza las 20 millas por hora.
- Clase 3: La asistencia funciona solamente mientras la persona pedalea y deja de proporcionar asistencia cuando alcanza las 28 millas por hora.
Para calificarse como una bicicleta eléctrica de baja velocidad bajo el texto de SB 3484, la bicicleta debe tener pedales completamente funcionales y un motor eléctrico de menos de 750 vatios.
El proyecto también establece que los conductores de bicicletas eléctricas de Clase 1 y Clase 2 deben tener por lo menos 15 años, mientras que los conductores de Clase 3 deben tener por lo menos 16 años.
¿Cuándo una E-Bike Podría Considerarse un “Motor Driven Cycle”?
Uno de los aspectos más importantes de SB 3484 para casos de lesiones personales es la forma en que clasificaría las bicicletas eléctricas que no cumplen con la definición de una bicicleta eléctrica de baja velocidad.
El texto aprobado establece que una bicicleta eléctrica que no califique como una bicicleta eléctrica de baja velocidad será considerada un “motor driven cycle”, término que puede traducirse generalmente como un ciclo motorizado.
SB 3484 también amplía expresamente la definición de “motor driven cycle” para incluir determinados dispositivos con motores eléctricos cuya potencia nominal sea superior a 750 vatios y no exceda de 8,000 vatios.
En términos prácticos, esto significa que algunas e-bikes de alta potencia y ciertos vehículos eléctricos con apariencia de motocicleta que actualmente se comercializan como “e-bikes” podrían estar sujetos a reglas considerablemente diferentes de las aplicables a una bicicleta eléctrica convencional.
Licencia, Seguro, Título y Registro
Si SB 3484 entra en vigor en su forma aprobada por la legislatura, una persona que opere un “motor driven cycle” en una vía pública generalmente deberá poseer una licencia de conducir válida.
Estos vehículos también estarán sujetos a los requisitos obligatorios de seguro establecidos por el Código de Vehículos de Illinois.
El proyecto establece además requisitos de título para ciertos ciclos motorizados eléctricos con motores de más de 750 y hasta 8,000 vatios adquiridos nuevos a partir del 1 de enero de 2027.
Es importante señalar que el proyecto también establece que un vehículo comprado antes de esa fecha que de otra manera pueda estar exento del requisito automático de título todavía deberá cumplir con los requisitos de título y registro si el propietario desea operarlo legalmente en las vías públicas.
Por lo tanto, la fecha de compra del vehículo, su potencia, su clasificación y el lugar donde se estaba utilizando podrían convertirse en cuestiones importantes después de un accidente.
¿Dónde Podrían Circular los Vehículos Eléctricos de Mayor Potencia?
SB 3484 contiene restricciones específicas para los vehículos clasificados como “motor driven cycles.”
Estos vehículos no podrían circular por:
- Aceras;
- Carriles para bicicletas;
- Senderos para bicicletas;
- Vías de uso compartido;
- Senderos todoterreno destinados a bicicletas;
- Autopistas interestatales.
En general, estos vehículos podrían circular por calles y carreteras públicas cuando cumplan con todos los demás requisitos legales.
Esta distinción puede ser especialmente importante después de una colisión. Si una persona estaba utilizando un vehículo de alta potencia en un lugar donde legalmente no debía circular, esa circunstancia podría convertirse en evidencia relevante al analizar cómo ocurrió el accidente y quién fue responsable.
Una Nueva Categoría de Dispositivos Eléctricos de Micromovilidad
SB 3484 también crea una categoría denominada “electric micromobility device” o dispositivo eléctrico de micromovilidad.
Esta clasificación incluye determinados dispositivos de transporte personal que pueden operar a velocidades de hasta 28 millas por hora, incluidos:
- Scooters eléctricos;
- Patinetas eléctricas;
- Monociclos eléctricos autoequilibrados;
- Otros dispositivos eléctricos personales que cumplan con la definición legal.
Aunque estos dispositivos se consideran vehículos motorizados para determinados propósitos del Código de Vehículos, SB 3484 los trata de manera diferente de los “motor driven cycles.” Según el texto aprobado, los dispositivos eléctricos de micromovilidad estarían excluidos de los requisitos de título, registro, licencia de conducir y seguro obligatorio aplicables a los ciclos motorizados.
Edad, Frenos, Luces y Otras Reglas de Seguridad
Según SB 3484, una persona deberá tener por lo menos 16 años para operar un dispositivo eléctrico de micromovilidad.
Estos dispositivos también deberán contar con un mecanismo de frenado que permita controlar y detener el vehículo adecuadamente.
Cuando sean utilizados de noche, deberán contar con el equipo de iluminación y reflectores exigidos por el proyecto.
Además, SB 3484 prohíbe conducir un dispositivo eléctrico de micromovilidad bajo la influencia del alcohol o de drogas.
Los dispositivos deberán mantenerse en buenas condiciones de funcionamiento y, salvo que hayan sido diseñados originalmente para transportar a más de una persona, no podrán utilizarse para llevar pasajeros.
Restricciones para E-Scooters y Otros Dispositivos de Micromovilidad
Según el texto de SB 3484, un dispositivo eléctrico de micromovilidad generalmente no podría utilizarse:
- En una acera;
- En una carretera cuyo límite de velocidad sea superior a 35 millas por hora, salvo que exista un carril designado para bicicletas;
- En una autopista interestatal.
Además, un dispositivo capaz de circular y que esté siendo operado a más de 28 millas por hora no podría utilizarse en ninguna vía pública, carril para bicicletas o sendero para bicicletas.
Estas disposiciones podrían ayudar a reducir parte de la confusión que actualmente existe acerca de dónde pueden operar legalmente los distintos tipos de scooters y otros dispositivos eléctricos.
Cómo SB 3484 Podría Afectar las Demandas por Lesiones
Las nuevas categorías y requisitos contenidos en SB 3484 podrían tener consecuencias importantes en futuras demandas relacionadas con accidentes de e-bikes, e-scooters y otros dispositivos eléctricos.
1. El Seguro Podría Proporcionar una Nueva Fuente de Compensación
Uno de los problemas que frecuentemente surge después de un accidente causado por una bicicleta o dispositivo eléctrico es determinar si existe un seguro que cubra las lesiones.
Si un vehículo se clasifica como un “motor driven cycle,” SB 3484 exigiría seguro de responsabilidad civil.
Esto podría ser especialmente importante cuando un conductor de una e-bike de alta potencia lesiona a un peatón, ciclista u otra persona. Dependiendo de las circunstancias, una póliza de seguro podría proporcionar una fuente de compensación por gastos médicos, salarios perdidos, dolor y sufrimiento y otros daños.
2. Violaciones de las Reglas Podrían Ser Evidencia Importante
Cuando una ley de seguridad exige una licencia, seguro, determinada clase de equipo o limita los lugares donde un vehículo puede circular, una violación puede ser relevante en una demanda por negligencia.
Eso no significa necesariamente que una violación establezca automáticamente la responsabilidad. Todavía deben analizarse las circunstancias específicas del accidente, la causa de la colisión y las acciones de todas las personas involucradas.
Sin embargo, si una persona conduce un vehículo que requiere licencia o seguro sin cumplir con esos requisitos, o utiliza un vehículo en un lugar expresamente prohibido, esos hechos podrían convertirse en evidencia importante en el caso.
3. Modificaciones Ilegales de Velocidad
SB 3484 contiene disposiciones que prohíben alterar deliberadamente determinados dispositivos eléctricos para aumentar su capacidad de velocidad más allá de sus especificaciones originales.
Algunas e-bikes y scooters pueden modificarse electrónicamente o mecánicamente para alcanzar velocidades considerablemente superiores a las previstas por el fabricante.
Después de un accidente grave, puede ser necesario investigar:
- La potencia original del motor;
- La velocidad máxima diseñada por el fabricante;
- Si el software o los controles fueron modificados;
- Quién realizó cualquier modificación;
- Si la modificación contribuyó al accidente.
Estas cuestiones pueden ser importantes no solamente para determinar la responsabilidad del conductor, sino también en ciertas reclamaciones relacionadas con vendedores, talleres, fabricantes u otras partes.
4. Vehículos Mal Etiquetados o Comercializados Engañosamente
SB 3484 también contiene una importante disposición de protección al consumidor.
El proyecto prohíbe que un minorista, mayorista, distribuidor o fabricante comercialice, anuncie o etiquete un “motor driven cycle” de una manera que razonablemente pueda hacer creer al consumidor que el vehículo está exento de los requisitos aplicables a esa categoría.
Una violación constituiría una práctica ilegal bajo la Ley de Fraude al Consumidor y Prácticas Comerciales Engañosas de Illinois.
El texto también contempla una multa civil de hasta $10,000 por cada vehículo mal etiquetado o comercializado de manera engañosa.
En un caso de lesiones graves, la forma en que un vehículo fue descrito, vendido y etiquetado podría convertirse en una parte importante de la investigación.
5. Reglas Más Claras Sobre el Lugar Donde Puede Circular Cada Dispositivo
Muchos accidentes de e-bikes y e-scooters involucran disputas acerca de si el conductor debía estar en la calle, en un carril para bicicletas o en otro lugar.
SB 3484 establece reglas más detalladas para cada categoría.
Después de un accidente, determinar exactamente qué tipo de dispositivo estaba siendo utilizado podría ser esencial. Una pequeña diferencia en potencia, velocidad máxima, diseño o clasificación puede cambiar considerablemente las reglas que se aplican.
Limitaciones a las Regulaciones Locales
SB 3484 también limita significativamente la capacidad de los gobiernos locales, incluidos los municipios con autoridad de “home rule” como Chicago, para crear reglas diferentes para algunas de estas categorías.
Sin embargo, el proyecto también contiene excepciones que permiten a determinadas entidades públicas, como el Departamento de Recursos Naturales de Illinois y ciertos distritos de parques, reservas forestales, conservación y transporte, regular el uso de determinados dispositivos en propiedades y senderos bajo su jurisdicción.
Por esa razón, aunque SB 3484 busca crear mayor uniformidad a nivel estatal, todavía puede ser necesario revisar las reglas aplicables al lugar exacto donde ocurrió un accidente.
Qué Significa SB 3484 para Conductores, Ciclistas y Peatones
Si SB 3484 entra en vigor en su forma aprobada por la legislatura, las personas que poseen dispositivos eléctricos de mayor potencia tendrán que prestar especial atención a la clasificación legal de sus vehículos.
Un dispositivo que se vende o se anuncia como una “e-bike” no necesariamente será tratado legalmente como una bicicleta eléctrica de baja velocidad.
La potencia del motor, la velocidad del vehículo, el funcionamiento de los pedales y otras características pueden determinar si el dispositivo continúa siendo una bicicleta eléctrica o si debe cumplir con las reglas aplicables a un vehículo motorizado.
Para peatones, ciclistas y otras personas lesionadas, estas nuevas clasificaciones también podrían ayudar a identificar:
- Qué reglas debía cumplir el conductor;
- Si el vehículo podía utilizarse legalmente en ese lugar;
- Si se requería licencia, título, registro o seguro;
- Si el vehículo había sido modificado;
- Si fue comercializado o etiquetado incorrectamente;
- Qué fuentes de compensación podrían estar disponibles.
¿Lesionado en un Accidente de E-Bike o E-Scooter? Podemos Ayudarle
Los accidentes relacionados con e-bikes, e-scooters y otros vehículos eléctricos pueden presentar cuestiones legales complicadas. La clasificación del dispositivo, su potencia, su velocidad, dónde ocurrió el accidente, la existencia de seguro y la conducta de las personas involucradas pueden afectar significativamente una reclamación.
Desde 1990, los abogados de Sexner Injury Lawyers LLC han representado a personas lesionadas y sus familias en Chicago y en todo Illinois.
Si usted estaba conduciendo una e-bike, fue atropellado por una como peatón, sufrió lesiones en un accidente con un scooter eléctrico o tiene preguntas acerca de quién puede ser responsable, podemos revisar las circunstancias de su caso.
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